Este miércoles, el Gobierno de Perú aprobó el decreto en el que se obliga a arrendadores y hospedajes a registrar en una plataforma digital de Migraciones a los ciudadanos extranjeros que alojen o alquilen una vivienda.
De acuerdo con el decreto, publicado en el diario oficial El Peruano, estas obligaciones se implementan “a fin de asegurar la seguridad y el orden público, modificando e incorporando artículos relativos a la identificación de extranjeros, documentos de identidad, cancelación del carné de extranjería y acceso a la información del Registro de Información Migratoria”, citó EFE.
En tal sentido, detalló que los establecimientos de hospedaje tienen la obligación de cumplir con varias disposiciones de carácter migratorio en un lapso de tiempo de 30 días, como exigir la presentación de los documentos de viaje o identidad, para acreditar la identidad de la persona extranjera que solicita el servicio.
Medidas
También deben inscribir en el Registro de Huéspedes a la persona extranjera, “consignando, además de la información regulada por la autoridad competente, el tipo y número de documento de viaje o identidad”.
Igualmente, tienen que permitir a Migraciones el acceso a la información del Registro de Huéspedes de personas extranjeras para que efectúe labores de fiscalización y verificación migratorias, y trasmitir a esta entidad, al momento del registro, la nacionalidad y datos personales de la persona extranjera.
La multa a personas jurídicas que presten servicios de hospedaje que no soliciten dicha información, o no remita a Migraciones el registro de la persona variará entre una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que en 2024 tiene un valor de 5.150 soles (1.270 euros o 1.369 dólares) o dos UIT, 10.300 soles
Esta medida fue anunciada por la presidenta de Perú, Dina Boluarte, este martes junto al seguimiento que le harán al envío de divisas fuera del país, con el objetivo de luchar contra el crimen organizado.
Por lo que van a exigir a “cada venezolano”, que aparentemente trabaja de manera lícita, que presente el contrato de trabajo y de alquiler.
Vía 2001.