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Decreto de duelo nacional en Venezuela: ¿Qué actividades quedan prohibidas?

Horas más tarde, el jefe del Parlamento Jorge Rodríguez, elevó a 2.295 la cifra de muertos y, a 11.267 heridos, hecho que ha enlutado a la población venezolana y a la comunidad internacional

A través de sus cuentas oficiales, la presidenta encargada Delcy Rodríguez, decretó este miércoles duelo nacional en honor a las víctimas mortales del doble terremoto de magnitud 7,2 y 7,5 del pasado miércoles 24 de junio.

Horas más tarde, el jefe del Parlamento Jorge Rodríguez, elevó a 2.295 la cifra de muertos y, a 11.267 heridos, hecho que ha enlutado a la población venezolana y a la comunidad internacional.

¿Cuáles son las actividades que prohíbe el duelo nacional?

«Venezuela tiene el alma rasgada por las pérdidas humanas causadas por los devastadores terremotos. Hoy acompañamos en el dolor a las familias que han perdido a sus seres queridos y elevamos nuestras oraciones por los heridos, las personas desaparecidas y las comunidades afectadas«, así inicia el comunicado de la presidenta encargada.

El duelo nacional es una medida de recogimiento y respeto que implica la suspensión obligatoria de todos los actos, festejos y celebraciones oficiales organizados por el Estado. Además de estas restricciones gubernamentales, las autoridades suelen implementar ciertas prohibiciones temporales que afectan la vida cotidiana y el orden público, entre las que destacan:

  • Reproducción de música a alto volumen: Queda estrictamente restringido el uso de equipos de sonido, minitecas o cornetas con música festiva o a altos decibeles en vías públicas, zonas residenciales, vehículos y locales comerciales.
  • Fiestas y celebraciones: Se suspenden todas las reuniones de carácter festivo, fiestas privadas en salones de eventos, discotecas, verbenas y celebraciones comunitarias.
  • Eventos deportivos: Quedan suspendidos temporalmente los juegos, torneos, competencias (tanto de ligas profesionales como amateurs) y cualquier actividad deportiva que implique convocatorias masivas o un ambiente de festejo.
  • Eventos culturales y de entretenimiento: Se cancelan y reprograman los conciertos, funciones de teatro, festivales, ferias, espectáculos de comedia y presentaciones artísticas públicas.
  • Eventos religiosos en vía pública: Quedan suspendidas las procesiones festivas, fiestas patronales en las calles, conciertos de alabanza al aire libre y cualquier evento masivo que interrumpa el libre tránsito o el clima de silencio y respeto, limitándose los ritos a los espacios internos de los templos.
  • Eventos académicos festivos: Se deben postergar los actos de grado, fiestas de fin de curso, aniversarios institucionales y cualquier otra actividad que involucre a los Participantes que no sea estrictamente formativa y que posea un tono de celebración.
  • Izado de la Bandera Nacional a tope: Según la ley y normativa que rige los Símbolos Patrios, está terminantemente prohibido izar la bandera en lo alto del asta; esta deberá permanecer obligatoriamente a media asta en todos los edificios públicos, privados, establecimientos comerciales y bases militares durante los días que rija el decreto.
  • Emisión de programación festiva en medios de comunicación: En apego a las normativas de responsabilidad social (Ley RESORTE) y el protocolo de luto, las emisoras de radio y canales de televisión deben abstenerse de transmitir programas de comedia, humor, variedades festivas o programación musical alegre, debiendo ajustar su parrilla a un tono solemne, informativo o cultural apropiado para la ocasión.

Vía Notitarde

Noelis Idrogo

Periodista en La Prensa de Monagas

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