El Banco Central de Venezuela (BCV) oficializó una modificación parcial en la política monetaria del país mediante la Resolución N° 26-08-02, con la cual redujo el encaje legal del 73% al 50% para las obligaciones y depósitos a plazo en la banca comercial y universal.
La normativa, que entró en vigencia el pasado 15 de septiembre de 2026, contempla además un ajuste diferenciado para la banca microfinanciera, cuya tasa obligatoria para los depósitos a plazo descendió del 40% al 27%.
Con esta flexibilización, el ente emisor busca incentivar la intermediación crediticia y liberar liquidez directamente orientada al financiamiento del aparato productivo nacional.
Impacto limitado en el mercado financiero
A pesar del estímulo institucional, analistas de la banca y la economía prevén que el alcance de la medida en el sistema financiero sea moderado debido a las condiciones estructurales de las captaciones en el país.
El economista Hermes Pérez advirtió que el efecto real de esta flexibilización será limitado, argumentando que la rebaja aplica de forma exclusiva sobre las captaciones y cuentas a plazo fijo, las cuales representan una porción menor de los depósitos totales en comparación con las cuentas corrientes oa la vista.
De acuerdo con las estimaciones de Pérez, la liberación de estos recursos bancarios solo generará un incremento discreto en la cartera de créditos total, calculado en un rango de apenas 0,1% a 0,4% del Producto Interno Bruto (PIB) al cierre del presente ejercicio económico.
Vía El Universal / BCV