El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, ha modificado las normativas de contratación pública aplicables al sector salud mediante la firma del Decreto Ejecutivo 243.
El objetivo principal de esta reforma es agilizar los procesos de compra y asegurar el abastecimiento constante de medicamentos, insumos médicos y servicios esenciales en el país.
Leer también: 12 fallecidos y 20 heridos al volcar autobús con estudiantes en Colombia
Mecanismos para evitar el desabastecimiento
El decreto introduce un nuevo artículo (el 135-A) en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, buscando un catálogo de proveedores más dinámico y flexible:
- Sustitución Ágil: Si el proveedor originalmente seleccionado incumple o falla, la autoridad podrá contratar a un proveedor alternativo del catálogo sin la necesidad de repetir «un nuevo procedimiento precontractual».
- Contratación Directa Externa: En casos donde no exista una alternativa inmediata en el catálogo oficial, el nuevo reglamento habilita la contratación directa de un proveedor externo. Esto se permite siempre y cuando dicho proveedor cumpla con los requisitos iniciales del catálogo, previa justificación mediante un informe técnico.
Apertura de convocatorias
La modificación legal también busca una mayor apertura en los procesos licitatorios. Se añadió un inciso al artículo 134 del Reglamento General, permitiendo que las convocatorias de contratación sean más amplias.
El texto precisa que «En el presente procedimiento podrán ser convocados los proveedores que resulten necesarios, siempre que se justifique adecuada y fundamentalmente la necesidad de la contratación, por parte de la entidad contratante».
Con información de Noticias Venevisión