Un tribunal de alzada en Argentina ratificó este lunes el procesamiento de Rita Mabel y Claudia Norma Maradona, hermanas del astro del fútbol, como partícipes necesarias en el delito de defraudación por administración fraudulenta.
La causa investiga el presunto desvío de los beneficios de la marca comercial «Diego Maradona».
La resolución, dictada por la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, también confirmó el procesamiento de Matías Morla, quien fuera abogado y apoderado de Maradona, y de su asistente Maximiliano Pomargo.
Embargo millonario
La Justicia ratificó un embargo preventivo de 2.000 millones de pesos (aproximadamente 1,35 millones de dólares) para cada uno de los involucrados. Esta cifra se calculó en función de las utilidades generadas por la explotación de la marca y las posibles indemnizaciones futuras.
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El núcleo del conflicto legal es la sociedad Sattvica S.A., constituida por Morla y las hermanas del exfutbolista. Según el fallo judicial:
- Se considera que la cesión de la marca a esta empresa fue un «acto simulado».
- El objetivo original habría sido proteger los ingresos frente a reclamos del fisco italiano.
- Tras la muerte de Maradona el 25 de noviembre de 2020, el uso de esta estructura societaria habría afectado directamente los derechos de los herederos legítimos.
La denuncia de las herederas
El proceso judicial se originó tras la denuncia de Dalma y Gianinna Maradona, hijas del «Diez», a quienes se sumó como querellante su hermana, Jana Maradona. Las herederas sostienen que la administración de Morla y el entorno de las hermanas de su padre perjudicó el patrimonio sucesorio.
Los magistrados subrayaron que, aunque Sattvica S.A. es una entidad real, careció de actividad económica genuina durante años, funcionando únicamente como un «ropaje societario» para gestionar los derechos de imagen, propiedad intelectual y productos comerciales (perfumes, ropa y material audiovisual) asociados al nombre de Diego Armando Maradona.
Situación de las hermanas Maradona
Respecto a Rita y Claudia Maradona, el tribunal determinó que su rol como «partícipes necesarias» es claro, dado que recibieron acciones de la sociedad y usufructuaron las utilidades generadas por los registros marcarios que debieron pertenecer a la sucesión del astro.
Con información de Notitarde