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Las claves de la juramentación de Nicolás Maduro para su tercer mandato

La toma de posesión de Maduro se llevará a cabo en el Palacio Federal Legislativo, en Caracas, con la asistencia de dignatarios de más de 100 representaciones diplomáticas de todo el mundo

Este viernes 10 de enero en el Parlamento venezolano, el presidente Nicolás Maduro será juramentado para su tercer mandato tras ganar los comicios presidenciales del 28 de julio de 2024.

La ceremonia de toma de posesión de Maduro como presidente de Venezuela se llevará a cabo en el Palacio Federal Legislativo, en Caracas, con la asistencia de dignatarios de más de 100 representaciones diplomáticas de todo el mundo. 

Además, desde diversas regiones del país, el pueblo venezolano se moviliza para asistir a la juramentación del presidente y participar en este evento significativo e histórico.

¿Qué establece la ley?

De acuerdo con la Constitución venezolana de 1999, el ganador de las elecciones presidenciales «tomará posesión del cargo de Presidente o Presidenta de la República el 10 de enero del primer año de su período constitucional». 

10 de enero

El artículo 231 de la Carta Manga establece que «el candidato elegido o candidata elegida tomará posesión del cargo de Presidente o Presidenta de la República el diez de enero del primer año de su período constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional«.

En en ese mismo apartado, se prevé que «si por cualquier motivo sobrevenido el Presidente o Presidenta de la República no pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia», hecho que ocurrió en el año 2019 durante la segunda investidura del mandatario nacional.

Artículo 232

De la misma manera, el artículo 232 indica que el Mandatario nacional es responsable de sus actos y del cumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo. 

«Está obligado u obligada a procurar la garantía de los derechos y libertades de los venezolanos y venezolanas, así como la independencia, integridad, soberanía del territorio y defensa de la República. La declaración de los estados de excepción no modifica el principio de su responsabilidad, ni la del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, ni la de los Ministros o Ministras, de conformidad con esta Constitución y con la ley», reseña.

Asimismo, el artículo 236 atribuye que como obligaciones del Presidente o Presidenta de la República: 

  1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y la ley. 
  2. Dirigir la acción del Gobierno. 
  3. Nombrar y remover al Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva; nombrar y remover los Ministros o Ministras. 
  4. Dirigir las relaciones exteriores de la República y celebrar y ratificar los tratados, convenios o acuerdos internacionales. 
  5. Dirigir la Fuerza Armada Nacional en su carácter de Comandante en Jefe, ejercer la suprema autoridad jerárquica de ella y fijar su contingente. 
  6. Ejercer el mando supremo de la Fuerza Armada Nacional, promover sus oficiales a partir del grado de coronel o coronela o capitán o capitana de navío, y nombrarlos o nombrarlas para los cargos que les son privativos. 
  7. Declarar los estados de excepción y decretar la restricción de garantías en los casos previstos en la Constitución. 
  8. Dictar, previa autorización por una ley habilitante, decretos con fuerza de ley. 
  9. Convocar la Asamblea Nacional a sesiones extraordinarias. 
  10. Reglamentar total o parcialmente las leyes, sin alterar su espíritu, propósito y razón. 
  11. Administrar la Hacienda Pública Nacional. 
  12. Negociar los empréstitos nacionales. 
  13. Decretar créditos adicionales al Presupuesto, previa autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada. 
  14. Celebrar los contratos de interés nacional conforme a la Constitución y a la ley. 
  15. Designar, previa autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada, al Procurador o Procuradora General de la República y a los jefes o jefas de las misiones diplomáticas permanentes. 
  16. Nombrar y remover a aquellos funcionarios o aquellas funcionarias cuya designación le atribuyen esta Constitución y la ley. 
  17. Dirigir a la Asamblea Nacional, personalmente o por intermedio del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, informes o mensajes especiales. 
  18. Formular el Plan Nacional de Desarrollo y dirigir su ejecución previa aprobación de la Asamblea Nacional. 
  19. Conceder indultos.
  20. Fijar el número, organización y competencia de los ministerios y otros organismos de la Administración Pública Nacional, así como también la organización y funcionamiento del Consejo de Ministros, dentro de los principios y lineamientos señalados por la correspondiente ley orgánica. 
  21. Disolver la Asamblea Nacional en el supuesto establecido en la Constitución. 
  22. Convocar referendos en los casos previstos en la Constitución. 
  23. Convocar y presidir el Consejo de Defensa de la Nación. 

Igualmente, el presidente de la República deberá, dentro de los diez primeros días siguientes a la instalación de la Asamblea Nacional, en sesiones ordinarias, presentar cada año personalmente al Parlamento un mensaje en que dará cuenta de los aspectos políticos, económicos, sociales y administrativos de su gestión durante el año inmediatamente anterior, de acuerdo a lo que dice el artículo 237.

Tercer período presidencial

Este 2025 Venezuela espera el tercer período presidencial de Nicolás Maduro (2025-2031), quien obtuvo 6,4 millones de votos frente a los 5,3 millones de sufragios que logró el opositor Edmundo González.

Maduro ha propuesto siete líneas de acción descritas en el plan de las 7T, el cual surge de las ideas y proyecto originario del presidente y líder de la Revolución Hugo Chávez para construir la Venezuela del futuro.

Las 7T se dividen en:

  • El nacimiento de una economía emergente en la región.
  • Independencia plena, ciencia, tecnología, educación y cultura
  • Unidad para la defensa de la integridad territorial
  • Estado de bienestar social
  • Política y Poder Popular con el gobierno revolucionario
  • Transformación ecológica
  • Geopolítica y liderazgo Mundial

Vía Globovisión

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