El Gobierno de Perú declaró este viernes 28 de agosto en estado de emergencia a Lima Metropolitana y a la provincia constitucional del Callao por un periodo de 60 días. La disposición busca «hacer frente a la criminalidad organizada y otras situaciones de violencia», dándole continuidad a un régimen de excepción que rige de manera progresiva en la capital desde 2024.
A través de un decreto supremo, el Ejecutivo oficializó la medida que faculta a la Policía Nacional del Perú (PNP) a mantener el control del orden interno, contando con el despliegue estratégico y de apoyo de las Fuerzas Armadas.
Intervenciones focalizadas y restricción de derechos
A pesar de que la rutina ciudadana en las calles no experimentará variaciones drásticas en el día a día, la PNP determinará las zonas de intervención basándose en inteligencia policial, estadísticas de criminalidad, mapas del delito e indicadores de alto riesgo.
Con la entrada en vigor del decreto supremo, se mantienen suspendidos o restringidos temporalmente los siguientes derechos constitucionales en la capital y el primer puerto:
- Inviolabilidad del domicilio.
- Libertad de tránsito por el territorio nacional.
- Libertad de reunión.
- Libertad y seguridad personales.
Con información de Primicia