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Senado de Argentina aprueba en general la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada

El segundo apartado introduce cambios en las condiciones requeridas para que el Estado pueda llevar adelante expropiaciones de bienes privados, y define así nuevos requisitos que deberán cumplirse para poder disponer de un inmueble por esta vía

El Senado de Argentina aprobó en general el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada impulsado por el Gobierno de Javier Milei, luego de una sesión maratónica que se prolongó por más de diez horas.

La iniciativa logró los votos necesarios al ser sancionada con 37 votos a favor y 33 en contra, aunque el oficialismo se vio obligado a desprenderse de los capítulos más controversiales ante la fuerte resistencia ciudadana.

El proyecto sufrió sustanciales modificaciones durante el extenso debate para poder alcanzar las adhesiones requeridas. La Libertad Avanza, el partido que conduce el mandatario ultraliberal, tuvo que retirar dos de los apartados que mayor controversia habían generado en la sociedad argentina: el referido a la Ley de Tierras Rurales y el correspondiente a la Ley de Manejo del Fuego.

Restricciones de 30 y 60 años

En el caso de la normativa sobre tierras, el Ejecutivo ensayó distintas posiciones a lo largo de la negociación. En un primer momento, el Gobierno pretendió eliminar por completo el límite del 15% que actualmente restringe la compra de terrenos rurales por parte de extranjeros. Posteriormente, ante la presión, propuso elevarlo al 25%, para finalmente descartar todo el capítulo del texto definitivo. De igual forma, en lo que respecta al Manejo del Fuego, las autoridades tuvieron que resignar las modificaciones que buscaban flexibilizar las restricciones de 30 y 60 años impuestas sobre aquellos terrenos que hayan sido afectados por incendios.

Con estos recortes y concesiones, el núcleo de la iniciativa quedó limitado a tres capítulos centrales. El primero contempla una serie de modificaciones orientadas a acelerar los procesos de desalojo, para lo cual establece tramitaciones más rápidas y previsiones de soluciones habitacionales para los casos que involucren a menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo.

El segundo apartado introduce cambios en las condiciones requeridas para que el Estado pueda llevar adelante expropiaciones de bienes privados, y define así nuevos requisitos que deberán cumplirse para poder disponer de un inmueble por esta vía.

El tercero plantea la creación de un Consejo Federal destinado a la modernización del registro de la propiedad inmueble, con el objetivo de impulsar la digitalización integral de los trámites administrativos vinculados a esta materia.

Por ahora quedará para la Cámara Baja debatir los capítulos que recibieron media sanción, principalmente los polémicos que debilitan la capacidad del Estado para avanzar en futuras expropiaciones.

Vía VTV

Noelis Idrogo

Periodista en La Prensa de Monagas

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