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Condenan a 76 años a dueños de circo por humillaciones, explotación laboral y agresiones sexuales

La resolución confirma el trato "degradante" al que estuvo sometida de forma reiterada la familia, "a golpes, amenazas, insultos y actos vejatorios", en un contexto de "absoluta dominación"

La Audiencia Provincial de Cáceres dictaron condena de 76 años de prisión a tres integrantes de la familia propietaria del Gran Circo África, considerando que sometieron durante años a una familia de trabajadores a un régimen continuado de «violencia, humillaciones, explotación laboral y agresiones sexuales a los menores».

Entre 202 y 2024, los hechos tuvieron lugar, según los magistrados. Fue entonces cuando las víctimas, un matrimonio y sus dos hijos menores, convivieron con los acusados mientras el circo recorría España.

Los padres fueron los primeros en huir

La mujer logró escapar y, días más tarde, también huyó su marido, quien denunció los hechos ante la Guardia Civil cuando el circo se encontraba en la provincia de Cáceres. En ese momento se inició la investigación, se liberó a los menores y comenzaron las diligencias judiciales.

La causa, instruida inicialmente por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Trujillo, fue remitida posteriormente a la Audiencia Provincial de Cáceres para su enjuiciamiento.

La resolución confirma el trato «degradante» al que estuvo sometida de forma reiterada la familia, «a golpes, amenazas, insultos y actos vejatorios», en un contexto de «absoluta dominación».

Episodios de una intensidad «calificable de torturadora»Además, añade que algunos episodios alcanzaron una intensidad «calificable de torturadora», expresión empleada en la sentencia para describir la gravedad de la violencia ejercida sobre las víctimas.

Los hijos, también mencionados en la sentencia, fueron, del mismo modo que sus progenitores, objeto de «agresiones físicas, amenazas y castigos», además de verse obligados a trabajar en distintas tareas dentro del circo.

La Audiencia concluye igualmente que dos de los condenados les impusieron «actos de naturaleza sexual». De hecho, algunos fueron grabados con teléfonos móviles y esos vídeos, incorporados a la causa, resultaron determinantes para corroborar los testimonios de las víctimas, según destaca el tribunal.

Agresiones sexuales a menores

Los tres acusados son responsables de cuatro delitos contra la integridad moral, uno por cada miembro de la familia. Además, al propietario y a uno de sus hijos se les añade un delito contra los derechos de los trabajadores, al apreciar que aprovecharon la «extrema vulnerabilidad económica de la familia para imponerles unas condiciones laborales abusivas».

A ello se suman varias condenas por agresiones sexuales a menores, una tentativa y un delito de elaboración de material pornográfico infantil, en función de la participación atribuida a cada procesado.

Los magistrados consideran acreditadas la explotación y los malos tratos, pero entienden que durante el juicio no quedó demostrado, «con la certeza exigible» en el proceso penal, que las víctimas tuvieran completamente anulada su libertad de movimientos ni que existiera una finalidad de explotación sexual en la captación de los menores o un propósito de difusión o beneficio económico con las grabaciones. Por este motivo, la Sala absuelve a los acusados de los delitos de trata de seres humanos con fines de explotación laboral y sexual que sostenía inicialmente la Fiscalía.

Había una cuarta persona procesada, pero ha sido absuelta al apreciar dudas sobre su intervención en una de las grabaciones y concluir que el resto de imágenes que se le atribuían carecían de relevancia penal.

Indemnización conjunta de 180.000 euros

En materia de responsabilidad civil, los condenados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a las cuatro víctimas con 180.000 euros: 50.000 euros para la madre, 30.000 para el padre y 50.000 euros para cada uno de los dos hijos.

Los informes médico-forenses incorporados al procedimiento reflejan que los dos menores precisan tratamiento psicológico por las secuelas derivadas de los hechos, mientras que la madre presenta importantes consecuencias emocionales que afectan a su vida cotidiana.

Además de las penas de prisión, la Audiencia impone distintas órdenes de alejamiento, prohibiciones de comunicación, periodos de libertad vigilada e inhabilitación para desarrollar actividades profesionales, docentes o de ocio que impliquen contacto habitual con menores.

Vía Notitarde

Noelis Idrogo

Periodista en La Prensa de Monagas

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