En la Gaceta Oficial 42.880 de fecha 16 de mayo fue publicado el decreto 4952 en el cual se establece en 9% el monto que deberán pagar las empresas al nuevo Fondo de Pensiones.
También se establece que quedan exonerados del pago de esta contribución los emprendimientos que estén registrados ante el Registro de Nacional de Emprendimientos (RNE).
No obstante, el artículo 4 del decreto estima que el plazo máximo de duración del beneficio de exoneración establecido en este decreto será de un (1) año, contado a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta.
El presidente de Fedendustria, Orlando Camacho, indicó que la aplicación de la «Ley para la Protección de las Pensiones» la cual entró en vigencia el 8 de mayo tras su publicación en Gaceta Oficial, «es transitoria», y se estima que exista mientras estén vigentes las sanciones económicas impuestas a Venezuela.
Cortesía Globovisión.