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TSJ confirma 26 años de prisión a abuelo por abuso de su nieta

En base a ese y otros razonamientos, los magistrados desestimaron el recurso de casación y dejaron firme la condena que deberá cumplir Cárdenas Zamora

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) confirmó la condena de 26 años y 1 mes de prisión impuesta a José Alejandro Cárdenas Hernández, acusado de abusar a su nieta.

Tal decisión está reflejada en la sentencia N° 383 emitida el pasado 11 de junio con la firma de las magistradas Grisell de los Ángeles López, Eulalia Coromoto Guerrero y Carmen Marisela Castro.

La sentencia dice que durante el juicio contra Cárdenas Hernández “quedó acreditado que la víctima desde una corta edad, fue sometida a un contacto sexual inadecuado por parte de su abuelo…”.

La solicitud de ordenar un juicio contra Cárdenas Hernández fue formulada el 2 de abril de 2024 por la Fiscalía 90° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana desde donde lo acusaron por la comisión del delito de acto sexual con víctima especialmente vulnerable en grado de continuidad.

Tal planteamiento fue aprobado y el juicio se inició el 27 de mayo de 2025 concluyendo el 8 de julio de ese año. La sentencia: 26 años y 1 mes de prisión, según decisión emitida por el Tribunal 4° de Juicio en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas.

Esa sentencia condenatoria fue apelada por las abogadas Karina Alicia Arrieta Vásquez y Eglet Del Carmen Quintero Borrero, defensoras privadas de Cárdenas Zamora. El 26 de noviembre de 2025 la Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer declaró sin lugar tal apelación, confirmando así la condena impuesta al acusado.

Por esa razón, las abogadas interpusieron otro recurso ante la instancia superior como lo es la Sala Penal. Una de las denuncias formuladas en ese recurso es que las pruebas llevadas al juicio de Cárdenas Zamora “no fueron correctamente valoradas”. Al respecto, los magistrados recordaron que “el control de los hechos” escapa del escrutinio del máximo tribunal; por lo que mal podría la Sala Penal detenerse en evaluar cómo el juzgado de juicio valoró las pruebas con las cuales condenaron a Cárdenas Zamora.

En base a ese y otros razonamientos, los magistrados desestimaron el recurso de casación y dejaron firme la condena que deberá cumplir Cárdenas Zamora.

En otra decisión, la Sala Penal confirmó la sanción de seis años impuesta a un adolescente consistente en: 3 años y 6 meses de privación de libertad, 1 año de libertad asistida y un año de reglas de conducta.

Dicha sanción le fue impuesta al infractor por el Tribunal Único de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del estado Cojedes que lo declaró penalmente responsable del delito de abuso sexual a niño.

Vía Últimas Noticias

Noelis Idrogo

Periodista en La Prensa de Monagas

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