La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia confirmó la condena de 25 años de prisión impuesta a Vanesa Andreína Figueroa Vargas y Cristóbal Enrique Corro Herrera, hallados culpables de incurrir en el delito de difusión de material pornográfico. Tal decisión está contenida en la sentencia n° 242, emitida el pasado 13 de abril con la firma de los tres integrantes de la Sala Penal: Carmen Marisela Castro (ponente), Elsa Gómez y Maikel Moreno.
En esa sentencia se explica que el Ministerio Público inició la investigación el 11 de julio de 2023 tras haber recibido una denuncia a través de la red de difusión Instagram.
El punto inicial de la investigación fue la ubicación de una cuenta bancaria que manejaban en conjunto Vanesa y su pareja Cristóbal, la cual utilizaban para recibir los pagos de las ventas de contenido pornográfico de niños, niñas y adolescentes a través de las distintas plataformas de Internet.
Cicpc-La Guaira
Posteriormente, agentes del Cicpc-La Guaira realizaron un recorrido cibernético por las diferentes redes sociales, con la finalidad de ubicar alguna página o usuario donde distribuyan contenido sexual de niños, niñas y adolescentes, víctimas de la pornografía.
Transcurrido un tiempo prudencial, los funcionarios actuantes ubicaron en la plataforma tecnológica Telegram Web, una publicación de fecha 28-03-2023, la cual refleja textualmente lo siguiente: ‘Code0102 en Telegram Videos Pornos Telegram 1000 Videos’, donde ofrece contenido sexual a cambio de algún bien económico.
Los funcionarios ingresaron a dicha publicación desde donde les ofertaron 100 videos de contenidos sexuales infantiles por 10 dólares. En otro chat, los agentes también observaron contenidos sexuales de niños, niñas y adolescentes con edades comprendidas entre 2 y 15 años de edad aproximadamente, logrando igualmente visualizar una captura de pantalla de una transacción de criptomonedas.
“Cabe resaltar que luego de esa transacción, el creador de la mencionada cuenta comenzó a publicar diferentes vídeos pornográficos de menores de edad, donde son abusados sexualmente”, dice el reporte del Cicpc reflejado en la sentencia de la Sala Penal.
Tras ser identificados, los agentes del Cicpc procedieron a la captura de la pareja en el sector Pan de Azúcar, Los Teques (Miranda) y los entregaron al Ministerio Público.
El 21 de septiembre de 2023, la Fiscalía 8.ª del Ministerio Público de La Guaira solicitó abrir un juicio contra Vanesa y Enrique, según documento de acusación presentado ante el Tribunal 2.° de Control Estadal y Municipal de la entidad costera. El mencionado juzgado ordenó la apertura del juicio solicitado por el Ministerio Público, el cual se inició el 1.° de julio de 2024 y culminó el 16 de diciembre de ese año, día en que declararon culpables a los acusados y les impusieron una condena de 25 años de prisión por el delito de difusión de material pornográfico.
Esa condena fue ratificada el 8 de septiembre de 2025 por la Corte de Apelaciones en Responsabilidad Penal del Adolescente de La Guaira.
Un confuso recurso
La defensa de Vanesa y Enrique elevó un recurso de apelación ante la Sala Penal, materializado en un recurso de casación que ingresó a esa instancia el 28 de enero pasado.
En esa apelación se denuncia que durante el juicio fueron incorporadas pruebas documentales “sin cumplir las formalidades establecidas”.
Los magistrados examinaron tal delación y observaron una “total confusión” en la presentación de la misma.
Las otras acusaciones igualmente recibieron tal apreciación de la Sala Penal, cuyos magistrados desestimaron la revisión de casación, con lo cual se confirma la condena de 25 años de prisión impuesta a Vanessa Andreína Figueroa Vargas y Cristóbal Enrique Corro Herrera.
Vía Últimas Noticias