Un tribunal peruano sentenció a Eduardo Bracho (42) a nueve años y cuatro meses de prisión efectiva tras hallarlo culpable de homicidio calificado en grado de tentativa. El dictamen, emitido bajo la modalidad de flagrancia, ordena además la expulsión definitiva del ciudadano venezolano una vez cumpla su condena en el centro penitenciario que se le asigne.
El ataque
La fiscal provincial Shirley Pinto Vila demostró que el ataque ocurrió el sábado 18 de abril de 2026 en el sector Nievería, distrito de Lurigancho-Chosica. Bracho ingresó al dormitorio de la víctima, un hombre de 57 años, y le propinó múltiples puñaladas mientras este dormía. Pese a las amenazas de muerte y la gravedad de las heridas, la oportuna intervención de terceros y la atención médica evitaron la consumación del asesinato.
Pruebas irrefutables
Las fiscales Shirley Pinto Vila y Leslie Fonseca de la Cruz presentaron un expediente sólido que incluyó:
- Certificado médico legal de las lesiones.
- Acta de intervención policial en flagrancia.
- Testimonios clave que acreditaron la responsabilidad penal del atacante.
Reparación y expulsión
Además de la pena privativa de libertad, el Poder Judicial impuso al sentenciado el pago de 7.000 soles como reparación civil a favor de la víctima. El fallo enfatiza que el Estado peruano ejecutará la salida obligatoria de Bracho del territorio nacional de manera permanente apenas finalice su tiempo en prisión.
Vía Diario 2001