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TSJ ratifica inhabilitación de Machado y Capriles por 15 años

Los dirigentes está inhabilitado para ejercer cargos público por 15 años

La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó la inhabilitación para ejercer cargos públicos por un lapso de 15 años a los dirigentes opositores María Corina Machado y Henrique Capriles, de acuerdo a la decisión publicada la tarde de este viernes 26 de enero.

La Sala Político Administrativa declaró «improcedente» la solicitud de amparo cautelar y «sin lugar la demanda de reclamación» contra la inhabilitación impuesta por la Contraloría General de la República.

«Se RATIFICA la constitucionalidad del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y en consecuencia el Contralor General de la República está facultado para establecer sanciones de inhabilitación, en ese sentido la ciudadana María Corina Machado Parisca, de conformidad con la Resolución N° 01-00-0000285 de fecha 16 de septiembre de 2021 está inhabilitada por quince (15) años por estar incurso en los hechos, ha sido participe de la trama de corrupción orquestada por el usurpador JUAN G. ANTONIO GUAIDÓ M., que propició el bloqueo criminal a la República Bolivariana de Venezuela, así como también, el despojo descarado de las empresas y riquezas del pueblo venezolano en el extranjero«, señala la sentencia.

Capriles Radonski

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dio los resultados sobre las apelaciones a las inhabilitaciones políticas que se hicieron hace algunos días, dando como resultado, en el caso de Henrique Capriles Radonski, la ratificación de su sentencia por 15 años.

De acuerdo con la sentencia N° 00003, del Tribunal Supremo de Justicia Radonski no podrá optar por cargos de elección popular por los próximos 15 años.

La sentencia:

De acuerdo con el documento emitido por el TSJ «Ante la solicitud de amparo cautelar declara: SIN LUGAR las demandas de nulidad ejercidas por la representación judicial del ciudadano HENRIQUE CAPRILES RADONSKI, antes identificado, contra la Resolución Nro. 01-00-000239, de fecha 6 de abril de 2017 mediante la cual se le impuso sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por un período de quince (15) años dictado por el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, así como la interpuesta contra el acto administrativo de fecha 31 de marzo de marzo de 2017, emanado del Director General de Procedimientos Especiales, actuando por delegación de la referida máxima autoridad, por medio del cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración ejercido contra el auto decisorio Nro. 08-01-PADR-001-2017 de fecha 19 de enero de 2017, que a su vez consideró responsable administrativamente al actor y lo sancionó con multa. SE DECLARAN FIRMES los actos impugnados, y en consecuencia, el ciudadano HENRIQUE CAPRILES RADONSKI, de acuerdo a la Resolución Nro. 01-00-000239, de fecha 6 de abril de 2017, ESTÁ INHABILITADO POR QUINCE (15) AÑOS PARA EJERCER FUNCIONES PÚBLICAS, por estar incurso, entre otros, en los siguientes hechos: “Por irregularidades administrativas ocurridas durante los ejercicios fiscales 2011, 2012 y primer trimestre del 2013, en el desempeño de sus funciones como Gobernador del estado Bolivariano de Miranda, al haber actuado de manera negligente al no presentar el Proyecto de Ley de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2013, ante el Consejo Legislativo del aludido estado (…)”.

“Asimismo, por omitir el procedimiento de selección de contratistas, al suscribir el Contrato de Servido N.° DGCJ-0045-11 de fecha 16 de Junio de 2011 (…), y no evidenciándose los supuestos para la procedencia de la Contratación Directa, en contravención con lo previsto en los numerales 1 y 2 del artículo 55 y lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley de Contrataciones Públicas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N.° 39.503 de fecha 06 de septiembre de 2010, vigente para el momento de ocurrencia de los hechos.”. “De igual forma, por haber suscrito los contratos Nros. GJ-0041-2011 y 0032 de fechas 06 de junio de 2011 y 24 de febrero de 2012 (…) ello en contravención de los artículos 96 y 99 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Contrataciones Públicas (…).”, cita el texto. 

Continúa aclarando que «Esta solicitud no cumple con los requerimientos establecidos y exigidos en el Acuerdo de Barbados firmado el 17 de octubre de 2023 y en consecuencia el ciudadano HENRIQUE CAPRILES RADONSKI ESTÁ INHABILITADO POR QUINCE AÑOS PARA EL EJERCICIO DE FUNCIONES PÚBLICAS. Remítase el presente expediente al Fiscal General de la República por los presuntos hechos graves en que incurrió el prenombrado ciudadano, a fin de que determine las sanciones penales a que haya lugar».

Roxiry Montilla

Licenciada en Comunicación Social, mención periodismo impreso. Egresada de la Universidad Rafael Belloso Chacín (URBE) CNP 21.554

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