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Ejecutivo exonera IVA e impuestos de importación a los combustibles

La normativa contempla la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto de Importación y la Tasa por Determinación del Régimen Aduanero

En un movimiento estratégico para el sector energético, el Ejecutivo Nacional ha oficializado la exoneración de impuestos clave para la importación y comercialización de combustibles en el país. Según la Gaceta Oficial Nº 43.292, con fecha del 9 de enero de 2026, el Decreto N° 5.207 establece un alivio tributario significativo para los actores de la industria de hidrocarburos.

Alcance de la medida

La normativa contempla la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA)Impuesto de Importación y la Tasa por Determinación del Régimen Aduanero. Este beneficio aplica a:

  • Importaciones definitivas y ventas nacionales de combustibles derivados de hidrocarburos.
  • Insumos y aditivos destinados al mejoramiento de la calidad de la gasolina.
  • Operaciones realizadas por el Estado, empresas de exclusiva propiedad pública, empresas mixtas y empresas privadas (bajo el amparo del artículo 58 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos).

Requisitos para los beneficiarios

Para acceder a estos beneficios fiscales, los importadores deberán cumplir con una serie de requisitos estrictos ante el Seniat al momento de registrar su declaración:

  1. Relación descriptiva detallada de los bienes a importar.
  2. Factura comercial emitida a nombre del ente u órgano encargado de la adquisición.
  3. Oficio de exoneración formal emitido por el Seniat.

Control aduanero y logística

El decreto es enfático en el control logístico: las importaciones deben realizarse a través de la misma oficina aduanera elegida inicialmente por el beneficiario. En caso de requerir un cambio de puerto o aduana de ingreso, el interesado tendrá la obligación de notificarlo previamente a las autoridades aduaneras correspondientes.

Exoneración del IGTF

Un punto relevante del decreto es que también se incluye la exoneración del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) para las operaciones vinculadas a estos bienes, bajo los términos y condiciones que dicta el nuevo marco legal.

Esta medida pretende dinamizar el mercado interno y asegurar que la logística de combustibles cuente con menores cargas impositivas, facilitando la participación del sector privado en la cadena de suministro.

  • Vía El Nacional

Noelis Idrogo

Periodista en La Prensa de Monagas

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